Libertad Condicional Militar en su lugar: Opción de inmigración para un cónyuge ilegal, hijo o padre de un miembro militar

La “libertad condicional en el lugar” o “PIP” es una opción infrecuente de inmigración que no está tan formalizada como la mayoría de los procesos del USCIS. No hay un formulario PIP en USCIS y actualmente el proceso es gratuito, sin costo para el inmigrante o miembro militar. Sin embargo, se recomienda que un miembro militar solicite el asesoramiento de un abogado de inmigración local para obtener asistencia para determinar la elegibilidad, rellenar adecuadamente un formulario USCIS “no coincidente” y redactar la “Carta de extrema dificultad”.
Generalmente, el estatus ilegal dentro de los Estados Unidos tiene pocos remedios en la ley de inmigración. El estatus ilegal puede surgir de cruzar ilegalmente la frontera, ya sea sin visa o en un lugar no permitido por un visado. Estas dos categorías, que son diferentes de permanecer en exceso una visa, son capaces de ser “perdonadas” por el Gobierno de los Estados Unidos. ( Ver puesto de visa de sobrepaso aquí ). Sin embargo, esta opción tiene un alcance muy limitado y se aplica únicamente al cónyuge, hijo o padre ilegal de un miembro militar.
Como punto positivo, el miembro militar puede ser militar actual, de reserva o veterano. Además, el estatus ilegal del cónyuge, hijo o padre puede ser por décadas. Sin embargo, este proceso sólo “perdonará” la presencia ilegal o la entrada ilegal en los Estados Unidos. Si el beneficiario o inmigrante al que se pretende recurrir ha cometido delitos u otros impactos negativos a una petición de inmigración, solicitud de tarjeta verde o ajuste de estado, es probable que se niegue esta opción (es decir, la determinación de la elegibilidad es clave).
Fuera de esta opción estrecha tallada solo para el cónyuge, hijo o padre ilegal de un miembro militar, un inmigrante tendrá que usar los formularios 601 o 601A de USCIS. Además, el cónyuge, hijo o padre ilegal de un miembro militar tendrá que: 1) Proceso Consular su Solicitud de Tarjeta Verde fuera de los Estados Unidos, (2) defenderse de estar sujeto a una barra de admisibilidad permanente o de 3 años, 10 años o permanente (es decir, barras de readmisión de nuevo en los Estados Unidos), y (3) soportar un proceso más costoso y tiempos de procesamiento mucho más largos. (Véase el post correspondiente aquí).
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